Organismo convocante: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Entidades beneficiarias:
- Municipios, representados por sus respectivos ayuntamientos.
- Provincias e islas través de sus diputaciones provinciales y forales, cabildos y consejos insulares.
- Comarcas y otras entidades que agrupen a carios municipios.
- Mancomunidades de municipios, siempre que los municipios de más de 100.000 habitantes no representen más del 70% del total de la población de la mancomunidad.
Los beneficiarios supramunicipales deberán presentar un proyecto que afecte a varios municipios como proyecto único, haciéndose responsables de su ejecución y justificación.
Descripción:
El objetivo de estas ayudas es financiar el desarrollo, a través de entidades locales, de proyectos de contenido tecnológico innovador o de sostenibilidad, así como de mejorar equipamientos, dirigidos al sector comercial que se encuentra ubicado en su demarcación. Los proyectos dentro de este marco incluirán:
Proyectos para la adopción de herramientas de información de clientes basadas en macrodatos u otras tecnologías.
- Proyectos de transformación digital de mercados que mejoren el mercado omnicanal y la experiencia de compras.
- Proyectos destinados a la transformación digital del comercio callejero y los canales cortos de comercialización.
- Proyectos de obras y reacondicionamiento para mejorar las instalaciones, su accesibilidad, equipamiento y adecuación, de las zonas ocupadas por los mercados municipales, áreas comerciales y mercados no sedentarios, así como sus zonas adyacentes.
- Proyectos para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y la sustitución de estos por alternativas respetuosas con el medio ambiente.
- Instalación de puntos de entrega inteligentes.
- Proyectos de mejora de la eficiencia energética.
- Acciones que promuevan la prevención de residuos (incluida la reutilización), la separación en origen de los residuos y la preparación para la reutilización y el reciclado.
- Sensibilización y formación en competencias tecnológicas.
Los gastos subvencionables podrán ser:
1. Gastos dirigidos a la transformación digital
- Mejora de la atención, relación y conocimiento de cliente, y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
- Inversión en la transformación digital de los mercados municipales, áreas comerciales, y canales cortos de comercialización para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes.
- Publicidad, comunicación y visibilidad en diferentes medios o soportes digitales mediante la utilización de nuevas tecnologías.
- Métricas y análisis sobre el mercado, la competencia o el SEO.
- Soluciones en ciberseguridad.
- Mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías, faciliten tanto la recogida de pedidos en el establecimiento a través de fórmulas omnicanal, como el proceso de compra y pago de los productos adquiridos, evitando colas y aglomeraciones en los establecimientos comerciales.
2. Gastos referidos a transformación del punto de venta
- Digitalización de la gestión en el comercio, mediante la optimización, integración o automatización de una o varias operaciones de gestión interna del negocio, incluyendo desde la relación con proveedores hasta el cliente final.
- Adquisición de herramientas tecnológicas para la realización de autodiagnósticos sobre la viabilidad del negocio, su potencial transmisión o relevo generacional.
- La transformación digital del comercio ambulante y canales cortos de comercialización.
- Mejoras en el proceso de venta que faciliten tanto la recogida de pedidos como el proceso de compra y pago de los productos adquiridos, evitando colas y aglomeraciones en los establecimientos comerciales. En concreto, se subvencionarán los gastos relacionados con la obra y reforma de los espacios públicos para la puesta en marcha de estos servicios, en su caso.
- Inversión en obra y reforma para mejorar las instalaciones, su accesibilidad, equipamientos y adecuación de las zonas ocupadas por mercados municipales, áreas comerciales y mercados no sedentarios, y sus áreas colindantes.
3. Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular
- Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los consumidores en sus establecimientos, y la sustitución de éstos por otras alternativas más respetuosas con el medio ambiente.
- Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución del producto o del residuo cuando proceda, mediante la adopción de nuevas tecnologías y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental, prestando especial atención a la última milla.
- Modelos sostenibles de reparto de la compra a domicilio. Será subvencionable la adquisición de vehículos para la realización de dichas actuaciones, así como puntos de recarga en zonas de carga y descarga de mercados, áreas comerciales y espacios para venta no sedentaria.
- Creación de almacenes estratégicos que mejoren la logística en zonas urbanas.
- Digitalización de la gestión de zonas de carga y descarga y de reserva de zonas de aparcamiento a pie de calle cercanos a mercados o áreas comerciales.
- Instalación de puntos de entrega inteligentes.
- Soluciones tecnológicas e inversiones para mejorar la eficiencia en el consumo energético y en otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos (biorresiduos, papel, plástico, vidrio, etc.)
- Instalación de fuentes de energía renovables y sustitución por tecnologías que utilicen gases refrigerantes fluorados de alto potencial de calentamiento por otras tecnologías de nulo o bajo potencial de calentamiento atmosférico para la climatización de los edificios de uso comercial.
- Otras actuaciones y soluciones dirigidas a incrementar la sostenibilidad, la adaptación al cambio climático y la eficiencia
4. Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad
- Plataformas colaborativas productor local, PYME comercial y distribuidor que garanticen su interacción y colaboración.
- Gastos para impulsar la integración de proveedores locales o de ‘Km 0’ en las webs de comercio electrónico de los distribuidores.
- Inversiones en nuevas tecnologías que permitan conocer la trazabilidad del producto u otras características del mismo en todo el canal de distribución.
5. Gastos de formación en habilidades, uso y gestión de herramientas tecnológicas, marketing digital, explotación y análisis de datos, formación en idiomas, sensibilización para el fomento de estrategias de economía circular, reciclado y reutilización de productos en el modelo de negocio del sector comercial, dirigidos a empleados y autónomos del sector del comercio.
- Alquiler del espacio para la realización de las jornadas.
- Alquiler de mobiliario y de los equipos necesario para la realización de las jornadas.
- Subcontratación de un tercero para la realización de las mismas, siempre y cuando la actividad subcontratada con el tercero no supere el 80 por ciento del importe de la actividad subvencionada
6. Otros gastos subvencionables
- Implantación de redes WiFi en zonas comerciales.
- Aplicaciones que faciliten información sobre los mercados municipales, mercadillos y/o venta itinerante, junto con elementos del patrimonio arquitectónico, histórico o cultural próximos al lugar o la convocatoria de eventos culturales o artísticos, con el fin de fomentar el turismo gastronómico, cultural y de compras.
- Señalética integrada de la oferta comercial.
- Acciones de potenciación de centros comerciales abiertos.
7. Actuaciones que sean consideradas como indispensables para la correcta implantación de las soluciones tecnológicas, permitiendo conocer la situación de partida, pertinencia de las actuaciones y necesidades del sector comercial, así como el diseño del plan de acción, y que conduzcan a realizar una mejor selección y adaptación de las acciones a emprender por parte del beneficiario.
No se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.
Fecha límite: Desde 15/03/2023 hasta 14/04/2023
Presupuesto de la convocatoria: 60.892,477€
Presupuesto por proyecto: A partir de las características del beneficiario, se establece lo siguiente:
- Municipios de más de 300.000 habitantes: inversión mínima de 1.000.000,00 de euros.
- Municipios de entre 100.000 y 300.000 habitantes: inversión mínima de 500.000,00 euros.
- Municipios de menos de 100.000 habitantes: inversión mínima de 200.000,00 euros
Componente: 13. Impulso a la PYME
Política palanca: 5. Modernización y digitalización del ecosistema de nuestras empresas.
Enlaces: Enlace a la BDNS